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unidad:DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
 
institución:MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA
 
tipodocumento:BE Refrendos de Contratos Convenios y Addenda
 

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PAGE 2 DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 03855 13 de abril, 2007 DCA-1262 Señor Alfredo Volio Pérez Ministro Ministerio de Agricultura y Ganadería 200 mts. sur de Teletica Canal 7, Sabana Sur, San José Estimado señor: Asunto: Se refrenda el Convenio de Cooperación Técnica y Apoyo Administrativo, celebrado entre el Ministerio de Agricultura y Ganadería y el Instituto Interamericano de Ciencias Agrícolas. Damos respuesta a su Oficio N° DM-203-2007 de 1 de marzo, complementado por Oficio N° DM-250-2007 de 19 de marzo, ambos del año en curso, mediante los cuales solicita el refrendo al Convenio de Cooperación Técnica y Apoyo Administrativo, celebrado entre el Ministerio de Agricultura y Ganadería y el Instituto Interamericano de Ciencias Agrícolas. Sobre el particular, le indicamos que una vez analizado el documento contractual, así como el expediente administrativo enviado, estamos otorgando el refrendo contralor a ese addendum, condicionado a las siguientes observaciones: 1. Que los recursos transferidos sean los aportes adicionales a que se refiere el numeral noveno del addendum N° 5, aspecto que se deja bajo exclusiva responsabilidad de la Administración. 2. Que en esa relación convenencial se haya tenido presente lo expresado por la anterior División de Asesoría y Gestión Jurídica en el Oficio N° 8624 (DAGJ-2057) de 19 de julio del 2005, referente a la contratación de personal del Programa de Desarrollo Rural (PDR) -del cual se anexó copia en su debida oportunidad-, aspecto que en todo caso podrá ser objeto de nuestro control posterior. Atentamente, Elías Delgado Aiza Gerente Asociado a.i. Anexo: Un empaste EDA/fjm Ci: Archivo Central Ni: 4811, 5688, 2004003867-6 ] ...
Fecha publicación: 21/04/2007
Fecha emisión: 13/04/2007
Documento: 03855-2007.doc
Institución: MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM


PAGE 2 Sr. Alfredo Volio 29 de enero, 2007 DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 00719 29 de enero, 2007 DCA-0290 Señor Alfredo Volio Ministro Ministerio de Agricultura y Ganadería Sabana Sur, San José Estimado señor: Asunto: Se imprueba el addendum a contrato del fideicomiso 13-01 MAG-PRODAPEN/BANCRÉDITO. Nos referimos a su oficio No. DM-1136 del 2006, mediante el cual nos remite para refrendo, addendum a contrato del fideicomiso 13-01 MAG-PRODAPEN/BANCRÉDITO. Consideraciones para resolver · La Ley No. 7659 aprueba los contratos de préstamo No. 371-CR y 1129 suscritos entre el Gobierno de Costa Rica y el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola y el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), para el financiamiento del Proyecto de Desarrollo Agrícola de la Península de Nicoya (PRODAPEN). · De conformidad con las cláusulas 24 y 41 del anexo 3 de dicha Ley, para la ejecución de los préstamos se hace necesario la constitución de contratos de fideicomiso para el manejo de los fondos de garantía y de crédito. · Con base en lo anterior, se crea el Fideicomiso MAG-PRODAPEN/BANCRÉDITO, cuyo objeto, según la cláusula segunda, lo constituye la entrega de un aporte inicial de ¢42.000.000 por parte del fideicomitente (MAG en representación de PRODAPEN). Los recursos serán utilizados a favor de los beneficiarios usuarios del crédito o del financiamiento a los que se destinan los recursos del fideicomiso · El fin del fideicomiso es proporcionar a la población meta de PRODAPEN en los cantones de Carrillo, Hojancha, Nandayure, Nicoya y Santa Cruz, la posibilidad de acceder recursos que permitan el mejoramiento de la producción, su transformación y capacitación, así como el apoyo para el desarrollo de organizaciones dedicadas a la intermediación de recursos financieros que ofrezcan un servicio sostenible a la zona. · L ...
Fecha publicación: 02/02/2007
Fecha emisión: 29/01/2007
Documento: 00719.doc
Institución: MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM


1 3 Lic. Luis Gerardo Dobles Ramírez 19 de enero, 2007 DIVISIÓN DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 00387 19 de enero, 2007 DCA-0180 Licenciado Luis Gerardo Dobles Ramírez Asesoría Legal Ministerio de Agricultura y Ganadería Sabana Sur, San José Estimado señor: Asunto: Se devuelve sin trámite, por no requerirlo, Carta de Entendimiento para la ejecución específica de proyectos financiados con recursos incorporados mediante transferencia presupuestaria, suscrita entre el Ministerio de Agricultura y Ganadería y la Fundación para el Fomento y Promoción de la Investigación y Transferencia de la Tecnología Agropecuaria de Costa Rica, FITTACORI.- Nos referimos a su oficio número 234-ALSAL, mediante el cual solicita la aprobación de la Carta de Entendimiento para la ejecución específica de proyectos financiados con recursos incorporados mediante transferencia presupuestaria, suscrita entre el Ministerio de Agricultura y Ganadería y la Fundación para el Fomento y Promoción de la Investigación y Transferencia de la Tecnología Agropecuaria de Costa Rica, FITTACORI. Realizado el análisis de rigor, se devuelve su gestión sin trámite alguno, con fundamento en lo siguiente: I. Limitación de cuantías, según cada administración, para efecto del trámite de refrendo ante este órgano contralor. De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública[1], en su artículo 2 inciso 1. f): “Las contrataciones inferiores a cuarenta y dos millones de colones (¢42.000.000,00), celebradas por las administraciones cuyo presupuesto de adquisición de bienes y servicios no personales sea menor o igual a mil cuatrocientos treinta millones de colones (¢1.430.000.000,00) y superior a setecientos dieciséis millones de colones (¢716.000.000,00),  se encuentran excluidas del refrendo contralor en razón de su cuantía ”. Asimismo, el artículo 10 inciso 1. a) del mis ...
Fecha publicación: 26/01/2007
Fecha emisión: 19/01/2007
Documento: 00387-2007.doc
Institución: MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


PAGE 6 Alfredo Volio 25 de octubre, 2006 DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No.14959 25 de octubre, 2006 DCA-3323 Señor Alfredo Volio Ministro Ministerio de Agricultura y Ganadería Sabana Sur, San José Estimado señor: Asunto: Se deniega el refrendo al contrato de Fideicomiso para la Protección y Fomento Agropecuario para Pequeños y Medianos Productores, suscrito entre el Ministerio de Agricultura y Ganadería con el Banco Crédito Agrícola de Cartago, al amparo de lo dispuesto en la Ley 8147 y sus reformas. Damos respuesta a su Oficio No. DM-931 de 27 de setiembre del año en curso, mediante el cual solicita nuevamente el refrendo al contrato de Fideicomiso para la Protección y Fomento Agropecuario para Pequeños y Medianos Productores, suscrito entre el Ministerio de Agricultura y Ganadería con el Banco Crédito Agrícola de Cartago, al amparo de lo dispuesto en la Ley 8147 y sus reformas. Sobre el particular, una vez analizado el documento contractual y los antecedentes que lo acompañan debemos manifestar lo siguiente: I- Antecedentes. 1) Mediante oficio No. DM-567 de 19 de junio de este año, ese Despacho hace referencia al contrato de fideicomiso celebrado entre el Ministerio de Agricultura y Ganadería con el Banco Crédito Agrícola de Cartago y que fuera refrendado por oficio No. 6487 de 23 de mayo del 2006 de esta División. De esa forma, señala que entre el momento de remisión del contrato a esta Contraloría General y el refrendo respectivo fue emitida y publicada una reforma a la Ley 8147, que corresponde a la Ley 8509 de 5 de mayo del 2006, publicada en La Gaceta No. 95 de 18 de mayo del 2006. Agrega que la emisión y aplicación de la Ley 8509 sobre el Contrato de Fideicomiso Agropecuario (FIDAGRO) tiene una incidencia significativa que implica que el contrato tenga que ser replanteado y ajustado en varias ...
Fecha publicación: 28/10/2006
Fecha emisión: 25/10/2006
Documento: 14959-2006.doc
Institución: MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA PAGE 2 Alfredo Volio 4 de setiembre, 2006 Al contestar refiérase Al oficio No. 12578 04 de setiembre, 2006 DCA-2657 Señor Alfredo Volio Ministro Ministerio de Agricultura y Ganadería Sabana Sur, San José Estimado señor: Asunto: Se deniega el refrendo al Contrato de Fideicomiso para la Protección y Fomento Agropecuario para Pequeños y Medianos Productores, suscrito por el MAG y el Banco Crédito Agrícola de Cartago, el cual se suscribe al amparo de la Ley No. 8147 y sus reformas. Damos respuesta a sus Oficios DM-567 y DM-686, mediante los cuales solicita el refrendo constitucional al Contrato de Fideicomiso para la Protección y Fomento Agropecuario para Pequeños y Medianos Productores, suscrito por el Ministerio de Agricultura y Ganadería y el Banco Crédito Agrícola de Cartago, documento que sustituye el Contrato refrendado mediante Oficio No.06487 (DCA-1375) del 23 de mayo de 2006. De conformidad con los términos de sus Oficios, el objeto de la remisión del contrato de marras lo constituye la reforma a la Ley 8147, operada por ley No. 8509 de 5 de mayo del 2006,la cual, de acuerdo a lo expuesto en sus comunicaciones “plantea modificaciones muy significativas y de gran incidencia y repercusión en el contenido del contrato, lo que amerita necesariamente que el mismo deba ser replanteado y ajustado en varias de sus cláusulas, fundamentalmente en las funciones otorgadas ahora al Comité del Fideicomiso y la regulación de lo que sería la Unidad Técnica del Fideicomiso, la cual ha desaparecido como instancia del Comité del Fideicomiso Agropecuario” No obstante, una vez analizado los términos del contrato y la documentación que lo acompaña, no encontramos que se brinde una justificación legal amplia y detallada respecto del ajuste de las modificaciones al Contrato al texto de las previsiones de la Ley No. 8509, en especial lo relativo ...
Fecha publicación: 07/09/2006
Fecha emisión: 04/09/2006
Documento: 12578-2006.doc
Institución: MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


PAGE 2 Lilliana Villalobos Murillo 3 de agosto, 2006 DIVISIÓN DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 10699 03 de agosto, 2006 DCA-2275 Señora Lilliana Villalobos Murillo Asesoría Legal Ministerio de Agricultura y Ganadería Sabana Sur, San José Estimado señor: Asunto: Se deniega la aprobación al Convenio de Cooperación suscrito entre el Ministerio de Agricultura y Ganadería y el Instituto Costarricense de la Pesca y Acuacultura. Se hace referencia a su Oficio 143-ALSAL, mediante el cual solicita la aprobación del Convenio de Cooperación suscrito entre el Ministerio de Agricultura y Ganadería y el Instituto Costarricense de la Pesca y Acuacultura, cuyo objeto es el “desarrollo de acciones conjuntas, proyectos varios de inspección de buques pesqueros para controlar el aleteo de tiburón y préstamo de una funcionaria”. Realizado el estudio de rigor, se devuelve el documento de mérito sin el refrendo requerido, con fundamento en lo siguiente: 1. No se aporta el expediente que respalde el presente Convenio (Ver Reglamento sobre Refrendo), desconociéndose por ende en que consiste el Proyecto en mención. 2. No queda claro al Órgano Contralor los alcances del documento suscrito, toda vez que no hay una definición concreta de obligaciones para las administraciones involucradas, siendo que en pluralidad de ocasiones se menciona que se trata de un Convenio Marco. Al respecto, conviene recordar a los suscribientes que el convenio marco se refiere a aquél en el que se establecen las condiciones generales de la relación contractual sin que se genere erogación de fondos públicos, esto es el establecimiento de un marco de actuación en el cual ambas entidades se comprometen a desarrollar en forma conjunta proyectos de investigación y programas de formación profesional, tal y como ocurre en el caso de análisis. De considerarse el presente Convenio como marco, ...
Fecha publicación: 06/08/2006
Fecha emisión: 03/08/2006
Documento: 10699-2006.doc
Institución: MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONVENIOS


1 2 Sr. Alfredo Volio Pérez 21 de julio, 2006 DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No.10188 21 de julio, 2006 DCA-2144 Señor Alfredo Volio Pérez Ministro Ministerio de Agricultura y Ganadería Sabana Sur, San José Estimado señor: Asunto: Se devuelve sin trámite alguno el addendum No. 9 al Convenio de Cooperación Técnica y Apoyo Administrativo, celebrado entre el Ministerio de Agricultura y Ganadería y el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura. Nos referimos a su oficio No. DM-596, de 26 de junio, complementado por el oficio No. DM-604 de 28 de junio, ambos del año en curso, mediante los cuales solicita el refrendo al addendum No. 9 del Convenio de Cooperación Técnica y Apoyo Administrativo, celebrado entre el Ministerio de Agricultura y Ganadería y el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura. Según se determina de los expedientes que se han tenido a la vista, mediante Addendum No. 5 al Convenio de Cooperación de marras, suscrito el 2 de mayo del 2003, se modifica el clausulado del acuerdo de voluntades, estableciendo entre otros aspectos, que ese addendum tendría una duración de 36 meses a partir de la recepción de los fondos. Tal convenio fue refrendado el 23 de julio del 2003, por lo que las partes han interpretado que la vigencia del mismo es hasta el 23 de julio del 2006. (véase considerando 1 del addendum No. 9 en estudio). Ahora bien, se pretende por el documento sometido a refrendo, prorrogar los términos de la relación convenencial hasta el 31 de diciembre del año en curso, manteniendo vigentes las demás cláusulas y condiciones establecidas en el addendum No. 5. En primer término, es importante señalar que de conformidad con el numeral 9 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, sólo los documentos en los que consten modificaciones a los ...
Fecha publicación: 24/07/2006
Fecha emisión: 21/07/2006
Documento: 10188-2006.doc
Institución: MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM


PAGE 2 Alfredo Volio Pérez 18 de julio, 2006 DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No.10063 18 de julio, 2006 DCA-2113 Señor Alfredo Volio Pérez Ministro Ministerio de Agricultura y Ganadería Sabana Sur, San José Estimado señor: Asunto: Se deniega la aprobación al Convenio de Cooperación suscrito entre el Banco Nacional de Costa Rica y los Ministerios de Agricultura y Ganadería, Economía, Industria y Comercio. Se hace referencia a su Oficio DM-575, mediante el cual solicita la aprobación del Convenio de Cooperación suscrito entre el Banco Nacional de Costa Rica y los Ministerios de Agricultura y Ganadería, Economía, Industria y Comercio, cuyo objeto es el desarrollo de un “Proyecto Conjunto para la Valoración y Potenciación de Actividades para el Fortalecimiento de Pequeñas y Medianas Empresas del Sector Productivo mediante el acceso a programas de crédito preferenciales”. Realizado el estudio de rigor, se devuelve el documento de mérito sin el refrendo requerido, con fundamento en lo siguiente: 1. No se aporta el expediente que respalda la presente relación contractual (Ver Reglamento sobre Refrendo), desconociéndose en que consiste el Proyecto en mención. 2. No queda claro al Órgano Contralor los alcances del documento suscrito, toda vez que no hay una definición concreta de obligaciones para las administraciones involucradas. En el caso de marras, se identifica un aporte de bienes muebles por parte del Banco, sin que sea claro las responsabilidades de cada ministerio. Si bien es cierto, el Convenio se suscribe a nombre del Ministerio de la Producción, no se determina las obligaciones específicas a asumir por parte del MAG (Ver Cláusula II y III) y del MEIC (Ver Cláusula III). 3. Ante una nueva gestión: 4ª. Deberá aclararse el párrafo final de la Cláusula II, que en lo pertinente señala: “En Banco se compromete a canalizar a la ...
Fecha publicación: 21/07/2006
Fecha emisión: 18/07/2006
Documento: 10063-2006.doc
Institución: MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONVENIOS


PAGE 2 Luis Gerardo Dobles 26 de junio, 2006 DIVISIÓN DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 08857 26 de junio, 2006 DCA-1785 Licenciado Luis Gerardo Dobles Asesoría Legal Ministerio de Agricultura y Ganadería Sabana Sur, San José Estimado señor: Asunto: Se deniega el refrendo al Convenio de Cooperación suscrito entre el Ministerio de Agricultura y Ganadería y la Fundación para el Fomento y la Promoción de la Investigación y Transferencia de Tecnología Agropecuaria de Costa Rica. Se da respuesta a su oficio No. 101-ALSAL, mediante el cual solicita el refrendo constitucional al Convenio de Cooperación, suscrito entre ese Ministerio y FITTACORI, cuyo objeto es el préstamo gratuito de un espacio físico dentro de las instalaciones del MAG (oficinas centrales), a fin de que en él la Fundación lleve a cabo el funcionamiento de su área administrativa y financiera. Realizado el análisis de rigor, se devuelve sin aprobación el Convenio de marras, al no compartir esta División la interpretación jurídica que hacen las partes, al firmar este documento con sustento en la Directriz 47 emitida por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social . En este sentido, se tiene que dicha Directriz promueve que las organizaciones sociales “ tales como Asociaciones Solidaristas, Cooperativas, Sindicatos, del sector público ”, sean dotados de un espacio físico por parte de las respectivas instituciones públicas, contra cumplimiento de una serie de requisitos que se esbozan en la Directriz mencionada. Lo anterior, considerando el alcance del numeral 25 de la Carta Magna –que reconoce la libertad de asociación-, así como el deber del Estado de procurar el fomento y fortalecimiento de las actividades que dichas organizaciones llevan a cabo; aspectos que no se verifican en el caso presente. Así las cosas, al ser FITTACORI una fundación, y por ende un ente privado de uti ...
Fecha publicación: 29/06/2006
Fecha emisión: 26/06/2006
Documento: 08857-2006.doc
Institución: MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONVENIOS


PAGE 2 Licda. Blanca Córdoba Berrocal 13 de junio, 2006 DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No.07383 13 de junio, 2006 DCA-1607 Señora Blanca Córdoba Berrocal Proveedora Institucional Ministerio de Agricultura y Ganadería. Sabana Sur, San José Estimada señora: Asunto: Se imprueban los contratos suscritos entre el Ministerio de Agricultura y Ganadería y la señora Ivannia Sancho Coronado, referente a la concesión de servicio de soda en las instalaciones Centrales de dicho Ministerio y en las instalaciones de la Dirección de Salud Animal y Servicio Fitosanitario. Nos referimos a su oficio No. Prov. 213-2006 de fecha 02 mayo del presente año, mediante el cual solicita la aprobación de los contratos suscritos entre el Ministerio de Agricultura y Ganadería y la señora Ivannia Sancho Coronado, para la concesión del servicio alimentario para las sodas ubicadas en la sede central del Ministerio de Agricultura y Ganadería y en las instalaciones de la Dirección de Salud Animal y Servicio Fitosanitario del Estado. Una vez realizado el estudio de rigor, nos permitimos manifestar lo siguiente: En la cláusula décima sétima de ambos contratos, se estableció como canon o monto a pagar por la utilización de cada uno de los dos espacios físicos donde se ubican las sodas la suma de ¢60.000,00 (sesenta mil colones exactos) mensuales; no obstante, la Administración no incluyó en los contratos una estimación de la prestación del servicio. Debe recordarse que tanto el precio como la estimación son elementos esenciales de la contratación y dado que en la presente contratación la misma no es clara, se imprueba la gestión solicitada. No omitimos señalar, que una vez estimado el contrato en estudio, deberá la Administración valorar a la luz del Reglamento Sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, si procede remitirlo para estudio de esta Contraloría Ge ...
Fecha publicación: 16/06/2006
Fecha emisión: 13/06/2006
Documento: 07383-2006.doc
Institución: MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS